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Aplicación de las Reglas de Conducta a los medios sociales
4.3. Tiendas minoristas: Ningún IBO permitirá que los productos o servicios de la Corporación se vendan o se exhiban en establecimientos minoristas, incluso pero sin limitarse a lugares como escuelas, ferias, economatos, barcos, sitios no autorizados en la Internet ni tiendas militares; ni tampoco permitirá que cualquiera de estos productos aparezcan en dichos locales aun cuando los productos o servicios no estén a la venta. Ninguna publicación de la corporación debe ser exhibida en establecimientos minoristas.
La
Rule 4.3.2
mantiene que con el fin de procurar clientes o vender productos, no se puede
utilizar ningún “método de comunicación transmitida, incluso redes de
comunicación por computadora como la Internet” donde no exista el contacto
personal. Esto se aplica a los medios sociales como miembros de la Internet
o de redes en la computadora. (Consulta el
Boletín legal nº 17 con más información.)
4.3.2. Asimismo, los IBO no pueden utilizar ningún tipo de método de comunicación transmitida, incluso el correo masivo, telemercadeo, publicidad nacional o internacional, radio, televisión, servicios de facsímile, redes de comunicación por computadora incluso la Internet, ni ningún otro medio en el cual no esté presente el contacto personal, para obtener clientes o para vender productos. Sin embargo, los IBO pueden utilizar los medios digitales o mantener un sitio Web para ordenar productos o para que sus clientes ordenen productos, siempre y cuando dichos medios o sitio Web satisfagan los requisitos establecidos en el Boletín de venta de productos/reclutamiento de IBO en sitios Web, y cumplan también con las Reglas de Conducta.
4.23. Mensajes electrónicos no solicitados: Ningún IBO enviará, transmitirá ni de otra forma comunicará ningún mensaje electrónico no solicitado a personas con las que el IBO no tenga una relación personal o profesional preexistente. (Ello incluye pero no se limita a enviar mensajes electrónicos mediante grupos de noticias, listas de envío compradas, “listas seguras” u otras listas o entidades con las que el IBO no tenga ninguna relación.)
En el momento de procurar la participación de un IBO en el Plan de Compensación de Empresarios Independientes de Amway, el IBO que va a registrar a otro debe cumplir con las pautas siguientes: 8.3.11. No se debe presentar el Plan de Compensación de Empresarios Independientes ni solicitar la participación en el mismo mediante ningún método de comunicación masiva como el correo masivo, telemercadeo, publicidad nacional o internacional, radio, televisión, servicios de fax, redes de comunicación por computadora incluso la Internet, ni ninguna otra forma en la que no esté presente el contacto personal con el candidato potencial. Sin embargo, los IBO pueden usar medios digitales o mantener un sitio Web para su uso con candidatos, siempre y cuando el contenido de dicho medio o sitio Web satisfaga los requisitos establecidos en el Boletín sobre Comunicaciones electrónicas de IBO, y que cumplan también con las Reglas de Conducta
9.1. Requisito de permiso antes del uso: La Corporación no permitirá el uso de sus Marcas por ninguna persona, incluso un IBO, sin su consentimiento previo. La Corporación puede emitir órdenes de cesar y desistir a cualquier persona que utilice sus Marcas sin su permiso y, de ser necesario, puede iniciar los recursos jurídicos apropiados por el incumplimiento de una orden de cesar y desistir. Si la Corporación no hiciera esto, los IBO pronto encontrarían el mercado lleno de los productos de la Corporación que no son producidos por la Corporación ni vendidos por sus IBO. Obviamente los IBO sufrirían daños considerables de tal competencia injusta.
La
Rule 9.8 cubre la publicidad de los IBO en términos generales, pero específicamente menciona que con la excepción de lo estipulado en las reglas 4.3.2 y 8.3.11 (véase más arriba), no se puede anunciar ni promover los productos ni la oportunidad de negocio de Amway Norteamérica mediante el uso de métodos de comunicación masiva como las redes de comunicación por computadora, incluso la Internet, donde las personas no estén presentes físicamente. Por consiguiente, esto también es aplicable a los medios sociales.
9.8. Publicidad del IBO: Los IBO que deseen usar los medios de publicidad deben presentar su propuesta escrita y una copia de los anuncios propuestos a la Corporación para recibir su aprobación. La aprobación de la Corporación tiene una vigencia de un (1) año solamente. Con la excepción de lo estipulado en las Reglas 4.3.2. y 8.3.11., un IBO no podrá bajo ninguna circunstancia anunciar ni promover los productos y los servicios de la Corporación ni la oportunidad de negocio de la Corporación por medio del uso de métodos de comunicación masiva como la radio, televisión, servicios de facsímile, redes de comunicación por computadora, incluso la Internet, publicidad nacional o internacional, ni ningún otro tipo de promoción donde no esté presente la naturaleza personal del negocio. 9.8.1. Los IBO pueden comprar anuncios de palabras clave en los motores de búsqueda de la Internet siempre y cuando: 1. lo hagan de conformidad con el Boletín 26 2. los IBO tengan el consentimiento previo y por escrito de la Corporación.
• Boletín legal 17 – Sitios Web de IBO • Boletín legal 26 – Publicidad en los motores de búsqueda de la Internet
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